Informaciones

Muchas veces es necesario que el investigador realice algún tipo de registro (nacional o internacional) o proporcione datos de registro de la UNICAMP para poder presentar propuestas. Estos son los enlaces y datos de registro más utilizados:

Nacionales

Registro en Plataforma de Infraestructura Nacional de Investigación MCTIC – PNIPE. Ver el paso a paso de este registro.

Acreditación CATI – necesario en el caso de proyectos que impliquen el goce de los beneficios de la Ley de Tecnologías de la Información.

Internacionales

Para presentación de propuestas o participación en proyectos en USA

  • Sistema de numeración universal Dun & Bradstreet (DUNS): 899376974
  • UEI (ID de entidad única): DJQ9A858R5N5
  • Código de entidad comercial y gubernamental de la OTAN (NCAGE): 00JZK
  • eRA Commons (contacto por correo electrónico goprp@unicamp.br)
    Código IPF: 222001
  • Número TIN: 46068425000133 (Unicamp CNPJ sin símbolos)

Para presentación de propuestas o participación en proyectos en la Unión Europea

  • PIC (Código de Identificación del Participante): 999550857
  • Pador (registro en línea de datos del solicitante potencial):
    Nombre: UNIVERSIDAD DE CAMPINAS – UNICAMP
    Identificación de EuropeAid (EID): BR-2020-CSE-1109464214
    ID LEF: 6000079181
  • Número de identificación fiscal: 46068425000133 (CNPJ Unicamp sin símbolos)
  • Número de registro: 46068425000133 (CNPJ Unicamp sin símbolos)

Para información bancaria:

Para información sobre datos bancarios escriba a tesouraria@dga.unicamp.br


Inscripción en el PNIPE

El registro de laboratorios y equipos deberá seguir el siguiente flujo: 

  1. Una vez que la institución y sus representantes estén registrados en la plataforma, el responsable del laboratorio también deberá registrarse en la plataforma utilizando la dirección https://pnipe.mcti.gov.br/register/user
  2. Tras registrarse, deberá acceder a la plataforma y solicitar la vinculación del laboratorio bajo su responsabilidad con la institución de origen (opción “Solicitar inclusión de laboratorio”, ubicada en el menú de la parte izquierda del área interna). 
  3. Una vez enviada la solicitud de afiliación del laboratorio, la institución revisará el registro. El representante de la institución, registrado en la plataforma, recibirá un correo electrónico informándole de la solicitud de afiliación del laboratorio y tendrá una alerta, identificada con un icono de campana, en la esquina superior derecha del área interna. El representante deberá revisar y aprobar la solicitud. El resultado se enviará a la dirección de correo electrónico del solicitante.
  4. Si se aprueba la solicitud, la persona a cargo del laboratorio podrá completar el registro de los datos del laboratorio, así como registrar el equipo presente en el laboratorio en cuestión; 
  5. Una vez completado el registro y publicado el laboratorio, tanto el laboratorio como su equipamiento estarán disponibles para su consulta en el área pública de la plataforma. 

Acreditación CATI

Se trata de la acreditación necesaria de Instituciones para realizar actividades de Investigación y Desarrollo en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones con empresas habilitadas para gozar de los incentivos de la Ley de Tecnologías de la Información.

Para obtener la acreditación ante el Comité del Área de Tecnologías de la Información - CATI, las instituciones deben presentar la documentación requerida, en formato PDF (OCR), a través de petición electrónica a través del sistema CADSEI, observando el período del 01 de enero al 30 de junio de cada año, según lo estipulado en Resolución CATI 44/2018. El proceso de acreditación se puede seguir a través del protocolo de servicio.

Si la solicitud es concedida, se publica una Resolución del MCTI, con una vigencia de dos años, que habilita a la Institución a celebrar convenios en el ámbito de la Ley de Tecnologías de la Información con empresas calificadas.

En la Unicamp, toda la documentación necesaria para el proceso de acreditación debe ser preparada y presentada por la Unidad interesada, y la solicitud debe ser firmada por el Rector.

Si se acreditan los convenios, conforme a la Ley N° 8.248/1991 y modificatorias, estando vigente la resolución, las instituciones acreditadas tendrán automáticamente prorrogadas sus resoluciones de acreditación por 2 años, y así sucesivamente.

La acreditación está regulada por la Resolución CATI 44/2018, que además establece y describe todos los documentos necesarios para el proceso de presentación.

Aclaraciones Adicionales

Ministerio de Ciencia, Tecnología, Innovaciones y Comunicaciones – MCTIC
Secretaría de Políticas Digitales - SEPOD
Secretaría Ejecutiva del CATI
Teléfono: (61) 2033-8020 / 2033-7646
E-mail: caticredencia@mctic.gov.br