Informaciones

Muchas veces es necesario que el investigador realice algún tipo de registro (nacional o internacional) o proporcione datos de registro de la UNICAMP para poder presentar propuestas. Estos son los enlaces y datos de registro más utilizados:

Nacionales

Registro en Plataforma de Infraestructura Nacional de Investigación MCTIC – PNIPE – necesario para presentar propuestas a FINEP. Ver el paso a paso de este registro.

Acreditación CATI – necesario en el caso de proyectos que impliquen el goce de los beneficios de la Ley de Tecnologías de la Información.

Internacionales

Para presentación de propuestas o participación en proyectos en USA

  • Sistema de numeración universal Dun & Bradstreet (DUNS): 899376974
  • UEI (ID de entidad única): DJQ9A858R5N5
  • Código de entidad comercial y gubernamental de la OTAN (NCAGE): 00JZK
  • eRA Commons (contacto por correo electrónico goprp@unicamp.br)
    Código IPF: 222001

Para presentación de propuestas o participación en proyectos en la Unión Europea

  • PIC (Código de Identificación del Participante): 999550857
  • Pador (registro en línea de datos del solicitante potencial):
    Nombre: UNIVERSIDAD DE CAMPINAS – UNICAMP
    Identificación de EuropeAid (EID): BR-2020-CSE-1109464214
    ID LEF: 6000079181
  • Número de identificación fiscal: 46068425000133 (CNPJ Unicamp sin símbolos)
  • Número de registro: 46068425000133 (CNPJ Unicamp sin símbolos)

Inscripción en el PNIPE

El registro de laboratorios y equipos deberá seguir el siguiente flujo: 

  1. Una vez que la institución y sus representantes estén registrados en la plataforma, el responsable del laboratorio también deberá registrarse en la plataforma utilizando la dirección https://pnipe.mctic.gov.br/register/user
  2. Una vez que te hayas registrado y accedido a la plataforma, deberás entonces solicitar un enlace al laboratorio bajo tu responsabilidad ante la institución de origen (opción “Solicitar Inclusión de Laboratorio” ubicada en el menú del lado izquierdo del área interna); 
  3. Una vez realizada la solicitud de vinculación de laboratorio, el representante de la institución deberá analizar la solicitud. Cabe señalar que una vez que esté debidamente registrado en la plataforma, recibirá un correo electrónico informándole la solicitud de vinculación del laboratorio a la institución bajo su responsabilidad y que se enviará una alerta, identificada con el ícono de campana en la esquina superior derecha de al área interna, también se puede acceder para consultar solicitudes de fianzas pendientes; 
  4. De ser aprobada la solicitud, el responsable del laboratorio podrá entonces completar el registro de los datos del laboratorio, así como registrar los equipos contenidos en el laboratorio en cuestión; 
  5. Una vez realizado el registro y publicado el laboratorio, tanto éste como sus equipos estarán disponibles para su consulta en el área pública de la plataforma. 

Acreditación CATI

Se trata de la acreditación necesaria de Instituciones para realizar actividades de Investigación y Desarrollo en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones con empresas habilitadas para gozar de los incentivos de la Ley de Tecnologías de la Información.

Para obtener la acreditación ante el Comité del Área de Tecnologías de la Información - CATI, las instituciones deben presentar la documentación requerida, en formato PDF (OCR), a través de petición electrónica a través del sistema CADSEI, observando el período del 01 de enero al 30 de junio de cada año, según lo estipulado en Resolución CATI 44/2018. El proceso de acreditación se puede seguir a través del protocolo de servicio.

Si la solicitud es concedida, se publica una Resolución del MCTI, con una vigencia de dos años, que habilita a la Institución a celebrar convenios en el ámbito de la Ley de Tecnologías de la Información con empresas calificadas.

En la Unicamp, toda la documentación necesaria para el proceso de acreditación debe ser preparada y presentada por la Unidad interesada, y la solicitud debe ser firmada por el Rector.

Si se acreditan los convenios, conforme a la Ley N° 8.248/1991 y modificatorias, estando vigente la resolución, las instituciones acreditadas tendrán automáticamente prorrogadas sus resoluciones de acreditación por 2 años, y así sucesivamente.

La acreditación está regulada por la Resolución CATI 44/2018, que además establece y describe todos los documentos necesarios para el proceso de presentación.

Aclaraciones Adicionales

Ministerio de Ciencia, Tecnología, Innovaciones y Comunicaciones – MCTIC
Secretaría de Políticas Digitales - SEPOD
Secretaría Ejecutiva del CATI
Teléfono: (61) 2033-8020 / 2033-7646
E-mail: caticredencia@mctic.gov.br