De acuerdo con Resolución CNS N° 510 de 2016 debe ser sometido a consideración ética a un Comité de Ética en Investigación (CEP), exclusivamente a través de Plataforma Brasil, proyectos de investigación científica, realizados en territorio brasileño, que involucren:
- Generación de datos con seres humanos (participantes de la investigación), y/o
- Que el equipo de investigación tenga acceso a datos identificables de otros seres humanos, y/o
- Que conllevan mayores riesgos que los existentes en la vida cotidiana.
La presentación del proyecto de investigación para la apreciación ética no se hace de manera aislada, es decir, se presenta un conjunto de documentos (proyecto de investigación, modelo de consentimiento libre e informado, autorizaciones institucionales, etc.) que en conjunto se denominan protocolo de investigacion.
La presentación de protocolos de investigación para apreciación ética por parte del CEP-CHS/Unicamp debe realizarse antes la generación de datos y/o gestión de información identificable, ya que después de la generación de datos con seres humanos ya no es posible garantizar plenamente la protección de los participantes de la investigación, que es la principal función del Sistema de Comités de Ética vigente en Brasil .